SE DECLARAN APÓCRIFAS LAS REFORMAS INCLUIDAS EN EL REGLAMENTO DE ESTA CÁMARA
Aprobado el 8 de Enero de 1926
Publicado en La Gaceta No. 13 del 18 de Enero de 1926
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
DECRETA:
Artículo 1.- Declárense apócrifas las reformas incluidas en el Reglamento que actualmente rige, y en consecuencia, el verdadero y único Reglamento Interior de la Cámara de Diputados es el de 29 de abril de 1914.
Artículo 2.- El Presidente de la Cámara nombrará una comisión de tres Diputados para revisar el expresado Reglamento de 29 de abril de 1914 y hacerle las reformas que se consideren convenientes.
Artículo 3.- Nombrar una comisión de entendidos en la materia para incoar y seguir una investigación con el fin de averiguar quienes fueron los autores de la falsificación y para acusarlos antes el Congreso y que éste los declare con lugar a formación de causa por el delito cometido.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, 8 de enero de 1926. (f) SEG. CHAMORRO A., D. P.-(f) GUSTAVO MANZANARES, D. S.-(f) J. JOAQUÍN MORALES, D. S.
Publíquese – Casa Presidencial – Managua, quince de enero de mil novecientos veintiséis – CARLOS SOLÓRZANO – El Ministro de la Gobernación – S. O. NÚÑEZ.