Normas Jurídicas de Nicaragua
Enlace al Reglamento:
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

RATIFICASE CONVENCIÓN PARA PROHIBIR LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN Y TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD ILÍCITAS DE BIENES CULTURALES

DECRETO EJECUTIVO N°. 4, aprobado el 18 de enero de 1977

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 28 del 03 febrero de 1977

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Decreta:
Primero: Ratificar la Convención Sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la Importación, la Exportación y las Transferencias de Propiedad Ilícita de Bienes Culturales, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su Décimo-Sexta Reunión que tuvo lugar en su Sede de la ciudad de París, Francia, el 14 de Noviembre de 1970.

Segundo: Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO.

Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, dieciocho de Enero de mil novecientos setenta y siete.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, (f) Alejandro Montiel Argüello".
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.