PRORROGA PERIODOS DE AUTORIDADES DE LA UNAN
DECRETO - LEY No. 997, aprobado el 24 de marzo de 1982
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 57 del 30 de marzo de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere el Arto 27, literal b) del Estatuto General del Consejo de Estado de la República,
Considerando:
I
Que de acuerdo con la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, publicada en "La Gaceta" del 27 de marzo de 1958, los períodos de las autoridades universitarias vencen el día 27 de marzo próximo.
II
Que ésta Junta de Gobierno, estudia la próxima publicación de una Ley Orgánica del Sistema Nacional de la Educación Superior.
Decreta:
Artículo 1.- Se prorrogan los períodos de las autoridades de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, establecidos en los Artos. 19 y 22 de la Ley Orgánica de la Universidad.
Artículo 2.- La prórroga establecida en el Artículo anterior durará hasta la promulgación de la Ley Orgánica de la Educación Superior en Nicaragua.
Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia desde su publicación en cualquier medio de difusión colectiva sin perjuicio de su oportuna publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los 24 días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos. - "Año de la Unidad Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado.- Daniel Ortega Saavedra.- Rafael Córdova Rivas.