Sin Vigencia
DECRETO DE 7 DE JULIO DE 1870, REFORMANDO EL DE 14 DE MAYO ÚLTIMO
DECRETO EJECUTIVO, aprobado, de 7 de julio de 1870
Código de la Legislación de la República de Nicaragua. De la Rocha, Jesús
El Jeneral Presidente de la República, en uso de sus facultades,
Decreta:
Art. 1º. La disposición ejecutiva de 14 de mayo último, que fija los valores a varias monedas estranjeras, es estensiva al comercio de la República.
Art. 2º. El que no aceptare las monedas por el valor que allí se señala, se sujetará a multa igual al equivalente de la moneda rehusada, que exijirán gubernativamente los alcaldes o gobernadores de policía, a beneficio del fondo municipal respectivo.
Dado en Managua, a 7 de julio de 1870.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.