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APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DEL CONVENIO CONSULAR SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y LA U.R.S.S.
DECRETO - LEY N°. 874, aprobado el 16 de noviembre de 1981
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 269 del 26 de noviembre de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el compañero Moisés Hassan Morales, en su carácter de Miembro de la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional, suscribió en Moscú el 18 de marzo de 1980, con el señor Nikita Semionovich Ryzhov, Vice-Ministro de Relaciones Exteriores de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas un Convenio Consular y un Protocolo anexo al mismo.
II
Que por dicho Convenio Consular las relaciones diplomáticas existentes entre los dos países se acrecentarán aún más, redundando en mayor beneficio para nuestro pueblo al contribuir la misión consular al desarrollo de las relaciones comerciales, económicas, culturales y científicas.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Aprobar y ratificar el "Convenio Consular" entre la República de Nicaragua y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y su Protocolo Anexo, ambos suscritos en Moscú, el 19 de marzo de 1980.
Artículo 2.- Expedir el Instrumento de Ratificación respectivo, para proceder al canje correspondiente de conformidad con el artículo 43 del Convenio.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdoba Rivas.