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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Reglamentos
Materia: Cultura

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AGRÉGASE UN INCISO MÁS AL ARTO. 14 DEL REGLAMENTO DE LA ESCUELA NACIONAL DE BELLAS ARTES DE 28 DE MAYO DE 1970

REGLAMENTO N°. 32-J, aprobado el 13 de mayo de 1972

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 116 del 26 de mayo de 1972

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO

Acuerda:


I. Agregar un inciso al Arto 14 del Reglamento de la Escuela Nacional de Bellas Artes del 28 de mayo de 1972, el que se leerá así:

“Los Certificados a que se refieren los numerales A y B del inciso anterior tendrán las siguientes dimensiones y leyendas: 28 cm. de largo por 22 de ancho de acuerdo con el siguiente modelo: Escudo de Nicaragua, El Ministerio de Educación Pública, por Cuanto (aquí el nombre del alumno) ha cursado y aprobado las materias correspondientes a………..de………… Dado en Managua, a los ………….días del mes de…………de mil novecientos……………Firmas: Del director Escuela de Bellas Artes, Secretario, Registro Secretaría del Centro, Ministerio de Educación, Registro Ministerio de Educación. Firma Director de Servicios Administrativos. El título a que se refiere el numeral C quedará sujeto a su extensión a lo establecido en el Reglamento General de Educación Media.

II. Este Acuerdo surte efectos de Ley a partir de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, D.N., 13 de mayo de 1972.- JUNTA NACIONAL DEL GOBIERNO.- R. MARTÍNEZ L.- F. AGÜERO.- A. LOVO CORDERO.- Doy fe: C. H. Hueck, Secretario.- J. Antonio Mora R., Ministro de Educación Pública”.

Nota: La fecha indicada en el texto de la presente reforma al Reglamento de la Escuela Nacional de Bellas Artes esta errado, siendo lo correcto el 28 de Mayo de 1970.

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