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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir


MODIFICANSE LOS DERECHOS ADUANEROS EN LAS SUB PARTIDAS E INCISOS DEL CÓDIGO ARANCELARIOS DE IMPORTACIONES

DECRETO LEGISLATIVO Nº. 965, aprobado el 11 de junio de 1964

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 157 del 13 de julio de 1964

Modifícanse los Derechos Aduaneros en las Sub Partidas e Incisos del Código Arancelarios de Importaciones

El Presidente de las República,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 965

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan

Arto. 1.- Modifícanse los derechos aduaneros en las subpartidas e Incisos del Código Arancelario de Importaciones que se indican a continuación, y además, se agregan y se suprimen otros incisos, todo de la manera siguiente:





Arto. 2.- El presente Decreto empezará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., 11 de Junio de 1964.- (f) J.J.Morales Marenco, Diputado Presidente.- (f) Orlando Montenegro, Diputado Secretario.- (f) Olga N. de Saballos, Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N. 2 de Julio de 1964.- (f) Pablo Rener, SP. (f) Humberto Castrillo M., SS. (f) Enrique Belli, SS.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 3 de Julio de 1964.- (f) RENE SCHICK , Presidente de la República.- (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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