Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
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RATIFÍCASE Y CONFÍRMASE UN ACUERDO COMERCIAL DE COMPENSACIÓN GLOBAL

N°. 2, aprobado el 15 de mayo de 1953

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 27 de mayo de 1953

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

ACUERDA:

Primero: Se ratifica y confirma en todas sus partes el Acuerdo Comercial de Compensación Global celebrado entre la República de Nicaragua y la República de Italiana, suscrito en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, el día doce de Noviembre de mil novecientos cincuenta y dos.

Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación y procédase a efectuar el Canje de Ratificaciones.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., quince de Mayo de mil novecientos cincuenta y tres.- A. SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, OSCAR SEVILLA SACASA.
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