(FE DE ERRATA AL DECRETO EJECUTIVO N°. 71-2007, DE REFORMA AL REGLAMENTO DE LA LEY N°. 114, LEY DE CARRERA DOCENTE, PUBLICADO EN LA GACETA,DIARIO OFICIAL Nª. 169 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 1991)
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 153 del 13 de agosto de 2007
FE DE ERRATAS
CASA DE GOBIERNO
En el Decreto No. 71-2007, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 145 del 1 de agosto del año dos mil siete, dice en la primera parte del artículo 1: "Artículo 1. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su...", lo cual no pertenece a este artículo, y en consecuencia, por el actual Decreto, se subsana este defecto; en razón de lo cual, en lo sucesivo el referido artículo 1 se leerá así: "Artículo 1. Se reforma el artículo 55 del Acuerdo Ministerial No. 38, Reglamento de Ley de Carrera Docente, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 169 del 10 de Septiembre de 1991, el que se leeraá así:
- Doctor Honoris Causa: 20 puntos
- También se reconocerán puntajes a los resultados de las evaluaciones de los docentes que el Ministerio de Educación establezca, como el Diploma de Reconocimiento al Mejor Maestro de Preescolar, Primaria, Secundaria y Formación Docente a nivel nacional, valorado en 40 puntos, sin perjuicio de otros reconocimientos que establezca el Ministerio de Educación".