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REFORMA Y ADICIÓN AL DECRETO N° 53-2000, REGLAMENTO DE LA LEY N° 337, LEY CREADORA DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES
DECRETO EJECUTIVO N° 27-2008, aprobado el 06 de junio de 2008
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 109 del 10 de junio de 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Reforma y Adición al Decreto N° 53-2000, Reglamento de la Ley N° 337, Ley Creadora del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres
Artículo 1. Se reforma el artículo 10 del Decreto N° 53-2000, Reglamento de la Ley N° 337, Ley Creadora del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 122 del 28 de junio del 2000, al que se le adiciona un inciso 12) el que se leerá así:
"12) Nombrar ante los Comités Departamentales y Regionales y Municipales, al delegado o delegada de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional, quien fungirá como Secretario Ejecutivo de los mismos. Será responsable de llevar las actas de las sesiones del Comité y librar las certificaciones respectivas. Asimismo será responsable de dar seguimiento al cumplimento de las decisiones del Comité. Mantendrá informado al Comité Nacional a través del Secretario Ejecutivo del Sistema".
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los seis días del mes de junio del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.- Ana Isabel Morales Mazún, Ministra de Gobernación.