(FE DE ERRATA AL DECRETO EJECUTIVO N°. 228, REFORMA A LA LEGISLACIÓN TRIBUTARIA COMÚN)
FE ERRATA
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 262 del 29 de noviembre de 1986
FE ERRATA
En la Gaceta número 214, del 3 de Octubre de 1986, Página 1541, aparece publicado él Decreto No 228 ( Reforma a la Legislación Tributaria Común); en el segundo párrafo del Arto 92 donde se lee "Incurrirá en una multa de quince tantos", deberá leerse incurrirá en una multa de hasta quince tantos"
En la parte final del Arto 93 donde se lee “cuando no tuviere base imponible la multa será de cinco mil córdobas ( $ 5 000 00), por cada día de retraso en la presentación". Deberá leerse "cuando no tuviere base Imponible la multa será de cinco mil córdobas ($ 5 000 00 ) "
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