DECRETO NÚMERO 8, SE APRUEBAN LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO EN LOS RAMOS DE GUERRA Y MARINA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 8, aprobado el 28 de enero de 1921
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 44 del 24 de febrero de 1921
Decreto número 8
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
DECRETAN:
Único. - Apruébense los actos del Poder Ejecutivo en los ramos de Guerra y Marina, ejecutados durante el año de 1920, con que ha dado cuenta el respectivo Secretario de Estado.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, 28 de enero de 1921.- G. Cuadra h., D. P.- Pedro Pérez Gallo, D. S.- Fernando Ig. Martínez, D. S.
Al poder Ejecutivo. - Cámara del Senado. - Managua, 18 de febrero de 1921.- Sebastián Uriza, S. P.- M. J. Morales, S. S.- Juan J. Ruiz, S. S.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 8, Decreto Número 8, Por el que se Aprueban los Actos del Poder Ejecutivo en los Ramos de Guerra y Marina, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Gobernabilidad.