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REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 935, aprobado el 19 de marzo de 1964
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 113 del 22 de mayo de 1964
DECRETO N°. 935,
El Congreso Nacional de la República de Nicaragua, en Cámaras Unidas,
Decreta:
La siguiente Reforma a la Constitución Política:
Artículo 1.- El inciso 4) del Artículo 191, se leerá así:
4- Enviar a la Cámara de Diputados el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos sesenta días antes, por lo menos, de la fecha en que deba comenzar a regir.
Artículo 2.- El Artículo 252, dirá como sigue:
Arto. 252.- El Ejecutivo formulará anualmente el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y lo someterá al Congreso por medio del Ministerio de Hacienda, La ley señalará la fecha en que comenzará el Año Fiscal.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas. Managua, Distrito Nacional, diecinueve de Marzo de mil novecientos sesenta y cuatro. J. Morales Marenco, Presidente. - Adrián Cuadra Gutiérrez, Secretario. - José María Moncada, Secretario.
Recibido a las cuatro de la tarde del diecinueve de Marzo de mil novecientos sesenta y cuatro. RENÉ SCHICK Presidente de la República. - Lorenzo Guerrero, Ministro de la Gobernación.
Por aceptado devuélvase el Proyecto al Congreso Nacional, Managua, D.N. veinte de Abril de mil novecientos sesenta y cuatro. RENÉ SCHICK, Presidente de la República. - Lorenzo Guerrero, Ministro de la Gobernación. - Alfonso Ortega, Ministro de Relaciones Exteriores. - Andrés García, Ministro de Economía. - Ramiro Sacaza Guerrero, Ministro de Hacienda y C. P. - Gonzalo Meneses Ocón, Ministro de Educación Pública. - Alejandro Abaunza E., Ministro de Fomento OO. PP. - José D. García M., Ministro de Guerra, Marina y Aviación. - T. Lacayo, Ministro de Agricultura y Ganadería. - A. Boniche, Ministro de Salubridad Pública. - Luis Zúniga Osorio, Ministro del Trabajo.
Recibido de manos del Excelentísimo Señor Presidente de la República, a las diez de la mañana del veintinueve de Abril de mil novecientos sesenta y cuatro, junto con la Exposición de esta misma fecha suscrita por él mismo. Luis Felipe Hidalgo, Secretario. - Enrique Belli, Secretario.
Pasen los presentes autógrafos al Poder Ejecutivo para su publicación.
Dado en el Salón de Sesiones del Congresos Nacional en Cámaras Unidas.- Managua. D.N., ocho de Mayo de mil novecientos sesenta y cuatro. Adrián Cuadra G., Presidente. - Felipe Hidalgo, Secretario. - Enrique Belli, Secretario.
Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, doce de Mayo de mil novecientos sesenta y cuatro. RENÉ SCHICK, Presidente de la República. - Lorenzo Guerrero, Ministro de la Gobernación. - Alfonso Ortega Urbina, Ministro de Relaciones Exteriores. - Andrés García, Ministro de Economía. - Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Hacienda y C.P. - Gonzalo Meneses Ocón, Ministro de Educación Pública. - Alejandro Abaunza E., Ministro de Fomento y OO. PP. - José D. García M., Ministro de Guerra, Marina y Aviación. - T. Lacayo, Ministro de Agricultura y Ganadería. - A. Boniche, Ministro de Salubridad Pública. - Luis Zúniga Osorio, Ministro del Trabajo.