Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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EL AÑO DE 1956 SERÁ DENOMINADO AÑO JOSÉ DOLORES ESTRADA

DECRETO EJECUTIVO N°. 40, aprobado el 1° de enero de 1956

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 4 del 05 de enero de 1956

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Por Cuanto:


El día 14 de Septiembre de 1856 las Fuerzas del Ejército Nicaragüense, comandadas por el General José Dolores Estrada, afianzaron la Independencia Patria en la gloriosa Batalla de San Jacinto.

Por Cuanto:

Es un deber de los nicaragüenses enaltecer los grandes hechos de la Historia Patria, especialmente aquellos que han ejercido influencia decisiva sobre los destinos de la República y han contribuido poderosamente en la formación de nuestra personalidad nacional.

Por Cuanto:

Por un sentimiento unánime de todos los nicaragüenses, tradicionalmente se ha rendido justificado homenaje a los heroicos hechos de San Jacinto y a la memoria del General José Dolores Estrada; homenaje que el Gobierno, al cumplirse el primer centenario de aquella acción de armas, convierte en consagración nacional, otorgando merecido tributo al Prócer General José Dolores Estrada.

Por Tanto:

Decreta:


El Año de 1956 será denominado Año José Dolores Estrada, y así deberá expresarse en todos los documentos oficiales expedidos por el Poder Ejecutivo y autoridades de su dependencia.

Dado en Casa Presidencial, a uno de Enero de mil novecientos cincuenta y seis. A. SOMOZA, Presidente de la República. M. Salmerón, Ministro de la Gobernación y Anexos.

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