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Sin Vigencia
CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA QUE UNIRÁ LAS PIEDRECITAS, MATEARE, NAGAROTE, LA PAZ Y EL TEMPATE
DECRETO EJECUTIVO N°. 3 D aprobado el 14 de octubre de 1963
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 9 del 11 de enero de 1964
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo de Nicaragua
CONSIDERANDO:
Que es un deber del Gobierno incrementar en el país las vías de comunicaciones, conforme las necesidades que determinan las actividades de sus habitantes;
Considerando:
Que en la observancia de la consideración anterior y como una razón económica impostergable, se hace indispensable la construcción de una carretera que comenzando en Las Piedrecitas, fomente el turismo y el desarrollo de ricas zonas agrícolas y de naciente industria de cerámica, teniendo como meta El Tempate en la Carretera a León;
Considerando:
Que la referida carretera Las Piedrecitas, Mateare, Nagarote, La Paz y El Tempate, traerá incalculables beneficios económicos al constituirse en alterna de la carretera a León.
Decreta:
Artículo 1º. Procédase a la construcción de la Carretera que conectando con la Interamericana de Las Piedrecitas, termine en El Tempate, pasando por Mateare, Nagarote y La Paz;
Artículo 2º. – Declárase de utilidad pública la expresada carretera y de acuerdo con el Arto. 63 Cn. Procédase a la expropiación de los terrenos que sean indispensables para la construcción de la misma;
Artículo 3º. – Desígnase al Señor Ingeniero Manuel Amaya Leclair, Vice- Ministro de Fomento y Jefe de Ingenieros del Departamento de Carreteras, para que previos estudios y planos informe al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, y proceda, de acuerdo con las facultades que confiere el Arto.7º.de la Ley Vigente de Expropiaciones, a la contrucción de la expresada Carretera.
Comunícase y Publíquse.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., catorce de Octubre de mil novecientos sesenta y tres. RENE SCHICK G. Alejandro Abaunza E., Ministro de Fomento y Obras Públicas.