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Sin Vigencia
DECRETO DE REFORMA A LA LEY DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ALIMENTOS BÁSICOS (ENABAS) DECRETO N°. 346
DECRETO EJECUTIVO N°. 32-2009, aprobado el 20 de mayo de 2009
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 124 del 03 de julio de 2009
El Presidente de la República de Nicaragua,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECRETO DE REFORMA A LA LEY DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ALIMENTOS BÁSICOS (ENABAS) DECRETO No. 346
Artículo 1. Refórmase el artículo 2 del Decreto No. 346, "Ley de la Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos (ENABAS), publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 85, del 6 de Mayo de 1988, el cual se leerá de la siguiente manera:
"Arto. 2.- La Empresa ejercerá sus actividades bajo la dirección y control de una Junta Directiva integrada por cinco miembros vinculados con la producción y comercialización de estos productos; los miembros de la Junta serán nombrados por el Presidente de la República y será presidida por el Ministro de Fomento, Industria y Comercio."
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los veinte días del mes de Mayo del año dos mil nueve. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.- ORLANDO SOLÓRZANO DELGADILLO, Ministro de Fomento Industria y Comercio.