Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZAR EL INGRESO A NUESTRO TERRITORIO Y PERMANENCIA EN EL PUERTO CORINTO AL BUQUE “USS PEARL HARBOR”

DECRETO EJECUTIVO N°. 55-2007, aprobado el 1° de junio de 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 119 del 25 de junio de 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1.- Al tenor de lo dispuesto en el Artículo 92 párrafo tercero de la Constitución Política de Nicaragua, autorizar el ingreso a nuestro territorio y permanencia, en el puerto de Corinto, al buque “USS PEARL HARBOR”, su tripulación y personal compuesto de 419 integrantes, en el período comprendido del 10 al 15 de Agosto del año 2007.

Artículo 2.- El Ejército de Nicaragua, a través de su Fuerza Naval, coordinará con las autoridades respectivas el ingreso del buque “USS PEARL HARBOR”, y garantizará la seguridad y custodia de éste durante su estadía en el Puerto de Corinto, durante el período que señala el artículo 1.

Artículo 3.- Autorizar la salida de 31 efectivos militares del Ejército de Nicaragua hacia la República de Guatemala, para participar en el “Acto de Traspaso de la Presidencia del Consejo Superior de la Conferencia de Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC)”, del 25 al 30 de Noviembre del 2007.

Artículo 4.- Enviar el presente Decreto a la Asamblea Nacional para su debida aprobación.

Artículo 5.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el primero de junio del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.
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