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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Administrativa

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Sin Vigencia

APRUÉBASE TARIFA DE PRECIOS DEL DIARIO OFICIAL LA GACETA

DECRETO EJECUTIVO N°. 02-98, aprobado el 12 de enero de 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 11 del 19 de enero de 1998

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades.

DECRETA:

Artículo 1.- Apruébase la Tarifa de precios del Diario Oficial La Gaceta, que es la siguiente:


SUSCRIPCIÓN
Por un año
C$ 1.500.00
Por seis meses
C$ 750.00
Ejemplar suelto
C$ 35.00
PARA EL EXTRANJERO
Por un año
U$ 150.00
PUBLICACIONES
a. Por cada página entera
C$ 60.00
b. Por medio página
C$ 30.00
c. Los excedentes de una media página, se liquidarán por cada pulgada columnas o fracción a...
C$ 37.00
d. Logotipos, por pulgadas columnas o fracción
C$ 240.00

Artículo 2.- Las suscripciones enviadas por correo pagarán la tarifa postal de C$ 200.00 Córdoba al año y los gastos de transporte de las Oficinas de La Gaceta hasta TELCOR.

Cualquier otro gasto derivado del envío del Diario Oficial a particulares debe ser abonado por el interesado.

Artículo 3.- Este Decreto deroga cualquier otro Decreto que se le oponga.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia a los doce días del mes de Enero de mil novecientos noventa y ocho. - ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.
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