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Sin Vigencia
APRUÉBASE TARIFA DE PRECIOS DEL DIARIO OFICIAL LA GACETA
DECRETO EJECUTIVO N°. 02-98, aprobado el 12 de enero de 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 11 del 19 de enero de 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades.
DECRETA:
Artículo 1.- Apruébase la Tarifa de precios del Diario Oficial La Gaceta, que es la siguiente:
SUSCRIPCIÓN |
Por un año | C$ 1.500.00 |
Por seis meses | C$ 750.00 |
Ejemplar suelto | C$ 35.00 |
PARA EL EXTRANJERO |
Por un año | U$ 150.00 |
PUBLICACIONES |
a. Por cada página entera | C$ 60.00 |
b. Por medio página | C$ 30.00 |
c. Los excedentes de una media página, se liquidarán por cada pulgada columnas o fracción a... | C$ 37.00 |
d. Logotipos, por pulgadas columnas o fracción | C$ 240.00 |
Artículo 2.- Las suscripciones enviadas por correo pagarán la tarifa postal de C$ 200.00 Córdoba al año y los gastos de transporte de las Oficinas de La Gaceta hasta TELCOR.
Cualquier otro gasto derivado del envío del Diario Oficial a particulares debe ser abonado por el interesado.
Artículo 3.- Este Decreto deroga cualquier otro Decreto que se le oponga.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia a los doce días del mes de Enero de mil novecientos noventa y ocho. - ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.