Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Acuerdos Administrativos
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TEXTO CONSOLIDADO, CREACIÓN DEL CONSEJO DE LA DANZA

ACUERDO ADMINISTRATIVO N°. 01-99, aprobado el 25 de junio de 2020

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2020

Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura

El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas al 25 de junio de 2020, del Acuerdo Administrativo N°. 01-99, Creación del Consejo de la Danza, aprobado el 15 de enero de 1999 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 125 del 1 de julio de 1999, y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley N°. 963, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 203 del 25 de octubre de 2017 y la Ley N°. 1032, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura, aprobada el 25 de junio de 2020.

ACUERDO ADMINISTRATIVO N°. 01-99

El suscrito Director General del Instituto Nicaragüense de Cultura, Licenciado CLEMENTE GUIDO MARTÍNEZ, en uso de las facultades que le confiere la Ley 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 102 del día tres de junio de mil novecientos noventa y ocho.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de Nicaragua y las leyes ordinarias, corresponde al Estado Nicaragüense promover el rescate, desarrollo y fortalecimiento de la cultura nacional, sustentando dichos principios en el más amplio marco de participación nacional.

Que el Instituto Nicaragüense de Cultura es la entidad del Gobierno que tiene la competencia y responsabilidad de materializar estos enunciados en concordancia con las políticas que esta institución cultural impulsará en el año mil novecientos noventa y nueve.

Que la Danza es una destacada expresión del arte en que los artistas y el pueblo Nicaragüense se manifiestan profundizando en su propia identidad hacia una conciencia más humanista y democrática.

POR TANTO

EN USO DE SUS FACULTADES:

HA DICTADO

EL SIGUIENTE
ACUERDO DE CREACIÓN DEL CONSEJO DE LA DANZA

Artículo 1 Créase el Consejo Nacional de Danza, como un órgano de consulta y asesoría del Instituto Nicaragüense de Cultura.

Artículo 2 El Consejo de Danza tendrá las siguientes funciones:

Artículo 3 El Consejo de la Danza estará integrado de la siguiente forma:

Artículo 4 El Consejo de la Danza sesionará ordinariamente una vez al mes; extraordinariamente cuando el Codirector General del INC o la mitad de sus miembros lo solicitan. Corresponderá al Director de la Escuela Nacional de la Danza “Adán Castillo”, del Instituto Nicaragüense de Cultura, fungir y hacer las veces de Secretario de Acta en cada una de las sesiones del Consejo Nacional de la Danza, debiendo entregar copia de las mismas, al Codirector General del INC.

Artículo 5 Con excepción del Codirector General del INC y el Director de la Escuela Nacional de Danza, los miembros del Consejo recibirán una cual podrán elegirse nuevos delegados o confirmarse los designados.

Artículo 6 Este acuerdo administrativo entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su publicación en cualquier medio de comunicación social y en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Palacio Nacional de la Cultura, a los quince días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.- Lic. Clemente Guido Martínez, Director General INC.

NOTA DE CONSOLIDACIÓN. Este texto contiene incorporadas las modificaciones producidas por: 1. Acuerdo Administrativo N°. 02-00, Acuerdo que reforma el Acuerdo Administrativo N°. 01-99, Creación del Consejo de Danza, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 50 del 10 de marzo de 2000; 2. Ley N°. 854, Ley de Reforma Parcial a la Constitución Política de la República de Nicaragua, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 26 del 10 de febrero de 2014; y 3. Ley N°. 864, Ley de Reforma a la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 91 del 20 de mayo de 2014.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil veinte. MSP. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
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