APRUÉBASE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN FITOSANITARIA
Resolución No. 67 Aprobada el 18 de Noviembre de 1955
Publicado en La Gaceta No. 3 del 4 de Enero de 1956
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Resolución No. 67
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua
Resuelven:
Único.- Aprobar la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, suscrita en Roma, Italia, el 6 de Diciembre de 1951, a la que adhirió el Poder Ejecutivo por Acuerdo de 2 de Noviembre de 1955.
Esta Resolución deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., 18 de Noviembre de 1955. Luis A. Somoza, D.P. A. Montenegro. D.S. M. Zurita, D.S. (L.S.)
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 7 de Diciembre de 1955. Mariano Arguello S.P. Pablo Rener, S.S. Alberto Arguello V. S.S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, siete de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco. (f) A. SOMOZA (L.G.S.N.)
El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, (f) Óscar Sevilla Sacasa (L.S.).