IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Administrativa

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

SE REFORMA LA LEY CREADORA DE LOS MINISTERIOS DE ESTADO Y OTRAS DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO

DECRETO A.N. N°. 968, aprobado 14 de julio de 1964

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 159 del 15 de julio de 1964

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 968

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua.

Decretan:

Artículo 1.- Reformar la Ley Creadora de los Ministerios de Estado y otras Dependencias del Poder Ejecutivo, de la siguiente manera:
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, D.N., 9 de Julio de 1964. - J. J. Morales Marenco, Diputado Presidente. - Orlando Montenegro, Diputado Secretario. Olga N. de Saballos, Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. - Managua, D.N., 14 de Julio de 1964. Pablo Rener, S. P. - Humberto Castrillo M., S. S. - Enrique Belli S. S.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., catorce de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro . RENÉ SCHICK, Presidente de la República. Lorenzo Guerrero, Ministro de la Gobernación.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa