Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE REFORMA Y ADICIONES AL DECRETO A.N. N°. 2687, "DECLÁRESE CAPITAL DEL FOLKLORE DE NICARAGUA A LA CIUDAD DE MASAYA"

DECRETO LEGISLATIVO N°. 5741, aprobado el 17 de junio de 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 125 del 06 de julio de 2009

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO DE REFORMA Y ADICIONES AL DECRETO A.N. No. 2687, "DECLÁRESE CAPITAL DEL FOLKLORE DE NICARAGUA A LA CIUDAD DE MASAYA"

Artículo 1 Se reforma el artículo 1 del Decreto A.N. N°. 2687, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 23 del 01 de febrero del 2001, el que se leerá así:

"Declárese a la Ciudad de Masaya, "Capital del Folklore de Nicaragua".

Con el fin de garantizar la promoción, fomento y preservación de las expresiones culturales, tradiciones indígenas, populares y folklóricas de la Ciudad de Masaya, se instruye al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, incorporar una partida presupuestaria anual con recursos suficientes, en el Presupuesto General de la República correspondiente. Esta partida presupuestaria financiada con recursos del tesoro deberá incluirse por un período de (5) cinco años consecutivos, a partir del año 2010, siendo su órgano ejecutor la Alcaldía Municipal de Masaya.

Una vez concluido el plazo determinado en el párrafo anterior, la Alcaldía Municipal de Masaya deberá contemplar esta asignación dentro de su presupuesto municipal de gastos, asumiéndolo con recursos propios."

Art. 2 La presente reforma entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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