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Sin Vigencia
ACUERDO, SUSPENDIENDO LOS EFECTOS DE LA LEY DE 21 DE MARZO DEL CORRIENTE AÑO
ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 31 de mayo de 1865
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 29 del 17 de junio de 1865
El Gobierno:
En atención á los inconvenientes que ha tenido en su ejecución el decreto de 21 de marzo último, por el que se manda retirar los ganados de las cercanías de las poblaciones: que estos dichos inconvenientes han sido espresados al Gobierno por varias representaciones de los pueblos: que si bien la espresada ley contiene pensamientos de utilidad pública que, con algunas modificaciones, corresponderá á tos benéficos objetos que se propuso el legislador: en uso de las facultades que le confiere la ley para legislar en el ramo de policía urbana y rural,
Acuerda:
1.°- Se suspenden por ahora los efectos de la ley de 21 de marzo del corriente año, mientras la próxima Legislatura resuelve lo conveniente,
2.°- El Ministro del Interior es encargado del presente acuerdo. León, mayo 31 de 1865. Martínez. - El Ministro de Gobernación, Salinas.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.