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DECRETO POR EL CUAL SE ORDENAN HONORES Á LA MEMORIA DEL ESCLARECIDO PATRIOTA MÁXIMO JEREZ
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 8 de noviembre de 1893
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 84 del 11 de noviembre de 1893
El Presidente de la República,
á sus habitantes,
Sabed:
Que los Representantes del Pueblo han ordenado lo siguiente:
La Asamblea Constituyente,
En uso de sus facultades de que se halla investida,
Decreta:
Art. 1°.- En el mes de Febrero próximo, á más tardar, se trasladarán de la ciudad de Rivas á la de León, los restos del Doctor y General don Máximo Jerez.
Art. 2°.- En el cementerio de la última ciudad expresada, se erigirá un monumento en donde se guardará el cadáver de aquel eximio patriota.
Art. 3°.- En la traslación é inhumación del cadáver, se le tributarán los honores de Presidente de la República; y los gastos que se ocasionen, serán por cuenta del Estado.
Art. 4°.- Asígnase á doña Paula, viuda de Jerez, la pensión vitalicia de cien pesos mensuales, como pequeña retribución que ofrece el país á su difunto esposo, servidor abnegado de la patria.
Art. 5°.- El Poder Ejecutivo queda encargado de la ejecución del presente decreto, y deberá dictar las disposiciones concernientes á la traslación de los restos expresados, y á la erección del monumento, que corresponda al mérito del ilustre patriota, á quien la Nación lo consagra.
Al Poder Ejecutivo – Salón de sesiones de la Asamblea Constituyente Managua, 8 de Noviembre de 1893 – Francisco Baca, D. P. – Agustín Duarte, D. S. – Adolfo Altamirano, D. S.
Por tanto: Ejecútese – Managua, 8 de Noviembre de 1893 – J. S. Zelaya – El Ministro de la Gobernación – José Madriz.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.