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Sin Vigencia
DECRETOS DE LA COMISIÓN CENTRAL ADUANERA
DECRETO EJECUTIVO N°. 24, aprobado el 21 de diciembre de 1955
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 5 del 06 de enero de 1956
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A solicitud de la Comisión Central Aduanera y en uso de las facultades que le confiere el Arto. 23 del Código Arancelario de importaciones.
Decreta:
Artículo 1º.- Rebájanse los gravámenes de los artículos comprendidos en partidas… 122-01-00 y 122-02-00, así:
Específico Ad-Valorem
122 01-00 Puros o cigarros $200 20%
122 02-00 Cigarrillos $3.50 50%
Artículo 2º.- Esta ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, D.N., a los veintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco. (f) A. SOMOZA, Presidente de la República, (f) Rafael A. Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.