APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN PRÓRROGA DE CONVENIO INTERNACIONAL DEL CAFÉ
Decreto N°. 1058 de 16 de junio de 1982
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 147 de 24 de junio de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
ÚNICO
Que por Resolución Número 318 del Consejo Internacional del Café (I.C.C.), aprobada en su Quinta Sesión Plenaria efectuada en la ciudad de Londres, Inglaterra, el 25 de septiembre de 1981, se acordó prorrogar por un año, es decir hasta el 30 de septiembre de 1983, el Convenio Internacional del Café de 1976, del cual es parte Nicaragua.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Aprobar y ratificar la prórroga, hasta el 30 de septiembre de 1983, del Convenio Internacional del Café de 1976, acordada por la Resolución Número 318 del Consejo Internacional del Café del 25 de septiembre de 1981.
Artículo 2.-Notificar esta aprobación al Secretario General de las Naciones Unidas, antes del 30 de septiembre de 1982, por conducto del Ministerio del Exterior.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de junio de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBlERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.