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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Orden Interno
REGLAMENTO A LA LEY ESPECIAL PARA EL CONTROL Y REGULACIÓN DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS

DECRETO EJECUTIVO N°. 28-2005, aprobado el 21 de abril del 2005

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 78 del 22 de abril del 2005


Decreto N° 28-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

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Tarifas aplicables de la Convención de Bruselas


Información descriptiva adicional de armas de fuego/partes y componentes
Número de tarifa aplicable por clase



Sin ser taxativa: largo del cañón, número de tiros, nombre y país del fabricante, cuando sea requerido por las regulaciones nacionales.
ANEXO AL CERTIFICADO DE EXPORTACIÓN
15 Información del embarque












16 Por cada transportista





17 Información de embarques previos, si existiesen, realizados en virtud del Certificado de exportación vigente.
Números de serie de las armas de fuego y/o partes y componentes (cuando sea aplicable) embarcadas en cada clasificación descriptiva (de acuerdo al conocimiento de embarque, si es que el mismo es requerido por los países importadores o exportadores), fecha de embarque, puerto de salida y ruta, especificándose modos de transporte y transportistas intervinientes


Nombre o Razón Social, dirección, teléfono y fax, nombre y firma del representante, si se trata de una sociedad comercial o de una entidad gubernamental.


Fecha (s) de salida del embarque o carga, cantidad de armas y/o partes y componentes embarcadas por clasificación descriptiva en cada cargamento, cantidad acumulada en todos los embarques, realizados hasta la fecha, nombre del transportistas.

Certificado de Importación
Numeral

1



2

3

4


5






6






7





8





9


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Elemento

Elemento de identificación del Certificado de Importación nacional

País de emisión

Fecha de Emisión

Identificación del organismo autorizante

Identificación del importador




Destinatario Final, cuando no coincida con el Importador

Importación autorizada

Fecha de expiración del certificado

Información del país exportador


Información de la cancelación del Certificado, (cuando el certificado fue cancelado)

Requisitos

Único por país de emisor.



Indicado por nombre o por un código único
En formato internacional

Nombre, dirección, teléfono y fax del organismo, nombre y firma del agente interviniente.
Nombre, o Razón Social, dirección, teléfono y fax, código de país de residencia, ciudadanía si se trata de una persona física, nombre del representante si es una persona jurídica, o entidad gubernamental y firma.

Nombre, o Razón Social, dirección, teléfono y fax, código de país de residencia, ciudadanía si se trata de una persona física, nombre del representante si es una persona jurídica, o entidad gubernamental y firma
Cantidad Total de armas y/o partes y componentes autorizada en el certificado para ser importadas, por clasificación descriptiva.

Fecha en la cual la cantidad total de armas de fuego y/o partes y componentes indicada en el Certificado de Importación deben ser importadas, o fecha de expiración del certificado, dependiendo de cuál acontezca primero.

Nombre del país exportador


Fecha, identificación del organismo, dirección, teléfono y fax, nombre y firma del agente interviniente, cantidad de armas y/o partes y componentes, por clasificación descriptiva, recibida a la fecha en virtud del certificado.

Información particular del Certificado de Importación, solicitada sólo por algunos países
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Tarifas aplicables de la Convención de Bruselas

Información descriptiva adicional de armas de fuego/partes y componentes

Número de tarifa aplicable por clase.

Sin ser taxativa: largo del cañón, número de tiros, nombre y país del fabricante, cuando sea requerido por las regulaciones nacionales.

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