DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 176 DEL CÓDIGO DE INSTRUCCIÓN CRIMINAL
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 07 de octubre de 1904
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 2353 del 25 de octubre de 1904
La Asamblea Nacional Legislativa,
Decreta:
Único. - Derogar el artículo 176 del Código de Instrucción Criminal de la República.
Dado en el Salón de Sesiones. Managua, 7 de Octubre de 1904.- Sebastián Salinas, D. P. - Telémaco López, D. S. - Adolfo Vivas, D. S.
Publíquese.- Casa Presidencial Masaya, 14 de Octubre de 1904. - J. S. ZELAYA.- El Ministro de Justicia.- Adolfo Altamirano.
Observación: El Decreto Legislativo S/N, Derogación del Artículo 176 del Código de Instrucción Criminal, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Justicia Penal.