Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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Sin Vigencia

(DECRETO, SUSPENDIENDO LA CIRCULACIÓN DE LOS BILLETES PROVISIONALES DE Á $50.00 CƒU Y LOS DE Á $5.00 CƒU, EMITIDOS RESPECTIVAMENTE, POR LOS GOBIERNOS DEL GENERAL JOSÉ SANTOS ZELAYA Y DOCTOR JOSÉ MADRIZ)

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 28 de junio de 1911

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 279 del 8 de julio de 1911

El Presidente de la República,

Considerando:

Que se han encontrado billetes falsificados de los de cinco pesos cada uno de la emisión provisional lanzada por el Gobierno del Doctor don José Madriz: que la facilidad con que se prestan á una imitación dichos billetes y los de á 50.00 cƒu. Emitidos por el General José Santos Zelaya, mantiene constante alarma en las transacciones mercantiles y amenaza el crédito del Gobierno.
Por tanto:

En uso de las facultades de que está investido y para remediar estos males,

Decreta:

Art.1º- Suspéndese desde la publicación del presente, la circulación de los referidos billetes provisionales de á $50.00 cƒu y los de á $5.00 cƒu, emitidos respectivamente, por los gobiernos del General José Santos Zelaya y Doctor José Madriz.

Art. 2º- Abrese en la Tesorería General, una oficina que se encargará especialmente de cambiar tales billetes por otros de la nueva emisión, debiendo empezar dicho cambio desde el lunes próximo, 3 de julio, y á continuación se establecerán en los departamentos las oficinas dependientes encargadas de llevar á cabo esta operación.

Publíquese- Palacio Nacional- Managua, veintiocho de junio de mil novecientos once- Adolfo Díaz, El Ministro de Hacienda- J. R. Sandino.
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