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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Gobernabilidad

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REFORMA AL DECRETO N°. 19-2009, REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO N°. 48-2010, aprobado el 11 de agosto de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 179 del 21 de septiembre de 2010


El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

DECRETO No. 48-2010

El Presidente de la República

CONSIDERANDO

Único

Que el Decreto No. 33-2009, Adscripción de la Dirección General de la Intendencia de la Propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Procuraduría General de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 3 de junio de 2009; integró plenamente a la Intendencia de la Propiedad en la estructura orgánica de la Procuraduría General de la República; por lo que se hace necesario adecuar a la realidad normativa el Decreto No. 19-2009, Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 59 del 16 de marzo de 2009, y su reforma.

Por Tanto

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Reforma al Decreto No. 19-2009, Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica

Artículo 1. Agréguese al artículo 3 del Decreto No. 19-2009, Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 59 del 16 de marzo de 2009, y su reforma; el numeral 2.4, el cual se leerá así: 2.4. Intendencia de la Propiedad.

Artículo 2. Agréguese al Decreto No. 19-2009, Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 59 del 16 de marzo de 2009, y su reforma; el Capítulo V bis, y los artículos 33 bis y 33 ter, los cuales se leerán así:

Capítulo V bis
Intendencia de la Propiedad

Artículo 33 bis. Competencia. La Intendencia de la Propiedad es un Ente Desconcentrado e instancia especializada y técnica de la Procuraduría General de la República, para atender todos los asuntos administrativos relacionados con el saneamiento, indemnización y titulación de la propiedad reformada urbana y rural, y de reforma agraria. La Intendencia de la Propiedad de la Procuraduría General de la República estará a cargo de un Intendente de la Propiedad quien es nombrado por el Presidente de la República, mediante Acuerdo Presidencial.

La Intendencia de la Propiedad fue adscrita a la Procuraduría General de la República por el Decreto No. 33-2009, Adscripción de la Dirección General de la Intendencia de la Propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Procuraduría General de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 3 de Junio de 2009,

Artículo 33 ter. Facultades propias y organización. La Intendencia de la Propiedad tiene y conserva la organización, las facultades, competencias y demás, que les son propias y otorgadas por el artículo 1 del Decreto No. 33-2009, Adscripción de la Dirección General de la Intendencia de la Propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Procuraduría General de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 3 de Junio de 2009.

Artículo 3. Agréguese al artículo 79 de Decreto No. 19-2009, Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 59 del 16 de marzo de 2009, y su reforma; el numeral 5 bis, el cual se leerá así: 5 bis. Intendencia de la Propiedad.

Artículo 4. Vigencia. La presente Reforma al Decreto No. 19-2009, Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, entra en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los once días del mes de agosto del año dos mil diez. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado Para Políticas Nacionales.
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