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Sin Vigencia
DEROGAR LOS ARTÍCULOS 5, 6 Y 15 DE LA LEY SOBRE AGRICULTURA DEL 16/04/1904)
DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 8 de agosto de 1904
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 2992 del 16 de agosto de 1906
El Presidente de la República,
En uso de sus facultades, y con presencia de las dificultades que la Ley de Trabajadores ocasiona en algunos casos para la aplicación de las de servicio militar,
Decreta:
Único- Derogar los artículos 5,6 y 15 de la ley de 16 de abril de 1904.
Comuníquese- Managua, 8 de agosto de 1906- J.S. Zelaya- El Ministro de Fomento y Obras Publicas – J.D. Gómez.