DEROGAR LOS ARTÍCULOS 5, 6 Y 15 DE LA LEY SOBRE AGRICULTURA DEL 16/04/1904)
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 8 de agosto de 1904
Publicado en el Diario Oficial N°. 2992 del 16 de agosto de 1906
El Presidente de la República,
En uso de sus facultades, y con presencia de las dificultades que la Ley de Trabajadores ocasiona en algunos casos para la aplicación de las de servicio militar,
Decreta:
Único- Derogar los artículos 5,6 y 15 de la ley de 16 de abril de 1904.
Comuníquese- Managua, 8 de agosto de 1906- J.S. Zelaya- El Ministro de Fomento y Obras Publicas – J.D. Gómez.
Observación: El Decreto Ejecutivo, Derogar los Artículos 5, 6 y 15 de la Ley Sobre Agricultura del 16/04/1904, se encuentra incorporado en el Registro del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Laboral.