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Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Materia: S/Definir

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[ACEPTAR EL AUMENTO DE LOS DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG) ASIGNADOS A NICARAGUA HASTA POR LA CANTIDAD DE 390 MILLONES DE DEG Y AUTORIZAR AL PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL (BCN), EN SU CALIDAD DE GOBERNADOR POR NICARAGUA ANTE EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI), A ESTABLECER TODOS LOS PROCEDIMIENTOS CONDUCENTES A LA ACEPTACIÓN Y PAGOS RESPECTIVOS DEL INCREMENTO EN LA CUOTA DE NICARAGUA EN EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI)]

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 174-2024, aprobado el 23 de septiembre de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 174 del 25 de septiembre de 2024

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 174-2024

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Aceptar el aumento de los Derechos Especiales de Giro (DEG) asignados a Nicaragua hasta por la cantidad de 390 millones de DEG acordado en el Anexo I de la Resolución No.79-1 adoptada por la Junta de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional (FMI), en fecha 15 de diciembre del año 2023, derivado del informe final de la Decimosexta Revisión General de Cuotas.

Artículo 2. Autorizar al Presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN), en su calidad de Gobernador por Nicaragua ante el Fondo Monetario Internacional (FMI), a establecer todos los procedimientos conducentes a la aceptación y pagos respectivos del incremento en la cuota de Nicaragua en el Fondo Monetario Internacional (FMI), referido en el artículo 1 del presente Acuerdo en nombre y en representación del Estado de Nicaragua.

Artículo 3. El Presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintitrés de septiembre del año dos mil veinticuatro. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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