Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Categoría normativa: Resoluciones
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(RECONOCER Y APROBAR COMO PARQUE ECOLÓGICO MUNICIPAL DENOMINADO "CERRO MIRAMAR" DECLARADO POR LA ALCALDÍA MUNICIPAL DEL PODER CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE PUERTO CABEZAS)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 06-2020, aprobada el 24 de enero de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 193 del 20 de octubre de 2020

GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 06-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de las facultades que le otorga la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la gestión ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua. A través de las delegaciones territoriales podrá apoyar técnicamente a los gobiernos municipales que soliciten dicho apoyo, en los procesos de declaración, protección, gestión y desarrollo de los parques Ecológicos Municipales.

III

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de los Parques Ecológicos Municipales, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA). Todo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Manual de Criterios Técnicos para declarar Parques Ecológicos Municipales.

IV

Que la alcaldía municipal del poder Ciudadanos en el municipio de Puerto Cabezas, Región Autónoma Costa Caribe Norte, certifica y declara Parque Ecológico Municipal "Cerro Miramar", localizado al Noreste de la comunidad Sahsa, Territorio Tasba Pri, el cual tiene una extensión de 9,664.505 hectáreas. Bajo la ordenanza municipal No. 20-2020 del día veinte de enero del año dos mil veinte.

V

Que el sitio denominado "Cerro Miramar", constituye un área que de gran valor estratégico y manejo sostenible de los recursos naturales que contiene, proporcionando servicios ambientales como la oferta de agua, refugio de especies de flora y fauna, recursos genéticos, recreación y cultura, belleza escénica e investigación.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el artículo 60 de la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo, artículo 17 de la Ley No. 217 Ley General del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, el artículo 24 del Decreto 01-2007 Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua.

RESUELVE:

PRIMERO: Reconocer y aprobar como Parque Ecológico Municipal denominado "Cerro Miramar" declarado por la Alcaldía Municipal del Poder Ciudadano del Municipio de Puerto Cabezas, bajo la ordenanza municipal No. 20-2020 del día veinte de enero del año dos mil veinte. Por ser un sitio que proporciona las condiciones propicias para el establecimiento de corredor biológico, que permite la dispersión de plantas y la migración de especies de fauna.

SEGUNDO: La presente publicación entrara en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil veinte. (F) Fanny Sumaya Castillo Lara, Ministra Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA).
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