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SE RATIFICA Y CONFIRMAN LOS ARTÍCULOS DE QUE CONSTA EL PACTO DE AMISTAD ENTRE COSTA RICA Y NICARAGUA
DECRETO EJECUTIVO N°. 1, aprobado el 24 de junio de 1949
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 07 de julio de 1949
No. 1
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1.- Se ratifican y confirman todos y cada uno de los artículos de que consta el Pacto de Amistad entre los Gobiernos de las Repúblicas de Costa Rica y Nicaragua, suscrito en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, el día veintiuno de Febrero del corriente año, por el Plenipotenciario de Nicaragua y Representante ante el Consejo de la Organización de los Estados Americanos, Dr. Guillermo Sevilla Sacasa.
Artículo 2.- Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito en la Organización de los Estados Americanos.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., veinticuatro de Junio de mil novecientos cuarenta y nueve. - V. M. ROMÁN. - El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, ÓSCAR SEVILLA SACASA.