DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. N°. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
DECRETO A.N. N°. 6203, aprobado el 16 de noviembre de 2010
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 03 de diciembre de 2010
DECRETO A.N. No. 6203
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. N°. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN"
Artículo 1 Restablézcase en todos sus efectos legales e iguales términos, la disposición legal contenida en el artículo 2 del Decreto A.N. N°. 3318 que declara a la Ciudad de Niquinohomo "Patrimonio Cultural de la Nación", publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 174 del 13 de Septiembre del 2002. En consecuencia se restablece la asignación de Un Millón de Córdobas Netos (C$ 1,000,000.00) con fuente de recursos del tesoro, vía Presupuesto General de la República, siendo el ejecutor la Alcaldía Municipal de Niquinohomo, por siete años consecutivos a partir de la vigencia del presente Decreto.
Estos recursos deberán ser invertidos en la restauración, reparación, mantenimiento y conservación de la Casa Museo Augusto C. Sandino y Monumento de la Parroquia Santa Ana de Niquinohomo, a la que se le asignará. Todo sujeto a la correspondiente rendición de cuentas en base a la Ley N°. 550, Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, vigente y su reforma.
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
Observación: El Decreto Legislativo, Decreto A.N. N°. 6203, Decreto de Restablecimiento del Artículo 2 del Decreto A.N. N°. 3318 Que Declara a la Ciudad de Niquinohomo Patrimonio Cultural de la Nación, se encuentro incorporado en el Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura.