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SE DEROGA EL DECRETO 25 DE OCTUBRE DE 1898, RELATIVO A DECLARAR LIBRE LA IMPORTACIÓN DE ARROZ
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 07 de mayo de 1899
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 780 del 20 de mayo de 1899
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que habiendo cesado los motivos por los cuales se dictó el Decreto 25 de Octubre del año próximo pasado, que declara libre la importación del arroz: que se aproxima la época de la siembra de este grano, y con el objeto de favorecer su cultivo,
DECRETA:
Art. 1º.- Derógase el citado decreto de 25 de Octubre último.
Art. 2º.- Por cada libra de arroz que se importe, se pagará cinco centavos.
Art. 3º.- Este decreto comenzará á regir un mes de después de su publicación.
Dado en Jinotepe, á 7 de Mayo de 1899. - J. S. ZELAYA.- Al señor Ministro de Hacienda.- Managua.- FÉLIZ P. ZELAYA.
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1067, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN), publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 10 de agosto de 2021”