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Sin Vigencia
DECRETO QUE MANDA CREAR UNA SUBPREFECTURA EN EL PUEBLO DE CONDEGA
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 28 de marzo de 1865
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 21 del 22 de abril de 1865
Art. 1º.- Para facilitar las relaciones en el Departamento de N. Segovia, creará el Gobierno una Subprefectura que residirá en el pueblo de Condega.
Art. 2º.- Su jurisdicción se estenderá á los pueblos de San Juan de Limay, Palacagüina, Yalagüina, Pueblo Nuevo, Telpaneca, Estelí y la Trinidad.
Art. 3º.- La dotación de este empleo, será la que el Gobierno señale, atendida la situación del Erario.
Salón de sesiones de la Cámara del Senado.- Mariano Montealegre, S. P.- A. Murillo, S. S.- Federico Solórzano, S. S.-
Al Poder Ejecutivo.- Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, marzo 28 de 1865. - Juan B. Sacasa, D. P. - Manuel Urbina, D. S.- Florencio Miranda, D. S.
Por tanto: Ejecútese.- Palacio Nacional.- Managua, marzo 28 de 1865. Tomas Martínez. El Ministro del Interior.- Antonio Silva.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.