NORMA TÉCNICA NICARAGÜENSE NORMA TÉCNICA PARA LA INTERNACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN CALIDAD DE DONACIÓN
NORMA TÉCNICA N°. NTON 03 046-04, aprobado el 08 de septiembre del 2004
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 182, del 21 de septiembre 2005
CERTIFICACIÓN
El suscrito Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas que lleva dicha Comisión, en las páginas 092, 093, 094, 095, 096, 097 y 098, se encuentra el Acta No. 002-05 la que en sus partes conducentes, íntegra y literalmente dice: En la ciudad de Managua, a las diez de la mañana del día quince de junio del dos mil cinco, reunidos en el auditorio del Ministerio de Fomento Industria y Comercio MIFIC los miembros de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, que acudieron mediante notificación enviada con fecha primero de junio de 2005, la cual consta en archivo y que contiene además la Agenda de la presente reunión, hora, lugar y fecha conforme lo establece la Ley, están presente los siguientes miembros: Lic. Luis Diñarte, del Ministerio Agropecuario Forestal; Dr. Norman Jirón del MINSA; Lic. Danilo González en representación del MARENA; Dr. Carlos González de la UN AN-LEON; Lic. Róger Gutiérrez en representación del MTI; Ing. Luis Gutiérrez en representación del INE; Lic. Manuel Bermúdez en representación de CACONIC; Lic. Manuel Callejas de UPANIC; y el Dr. Julio César Bendaña, Secretario Ejecutivo de !a Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad. Como delegados ausentes en esta sesión de la Comisión: Ing. Guillermo Thomas de la Cámara de Industrias de Nicaragua; Lic. Luis Martínez del Ministerio del Trabajo; Ing. Evenor Masis del INAA; Lic. Salvador Robelo, del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos; Como invitados especiales: Donaldo Picado del MAGFOR; Carlos Mairena del MAGFOR; Karelia Bravo del MAGFOR; Blanka Callejas del Sector Privado; Clara Ivania Soto del MINSA; Edgardo Pérez del MINSA; Ing. Noemí Solano, Directora de Normalización del MIFIC; Karelia Mejía del MIFIC; Amilcar Sánchez del MIFIC; y Lic. Loyda Jiménez del MIFIC. Habiendo sido constatado el quórum de Ley siendo este el día hora y lugar señalados se procede a dar por iniciada la sesión de! día de hoy, presidiendo esta sesión el Lic. Luis Diñarte del Ministerio Agropecuario y Forestal vicepresidente de la Comisión, quien la declara abierta. A continuación se aprueban los puntos de agenda que son los siguientes...(partes inconducentes): 05-05...aprobar las siguientes Normas nicaragüenses, a saber: NTON 03 046-04 Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense para el Ingreso de Productos Alimenticios en Calidad de Donación. No habiendo otros asuntos que tratar, se levanta la sesión a las doce del mediodía del día quince de junio del dos mil cinco. Lic. Luis Diñarte, Ministerio Agropecuario y Forestal y Vicepresidente de la Comisión y Dr. Julio César Bendaña, Secretario Ejecutivo de la Comisión de Normalización Técnica y Calidad.
Es conforme con su original, con el cual fue debidamente cotejada por el suscrito Secretario Ejecutivo a solicitud del Ministerio de Salud para su debida publicación en el Diario Oficial, La Gaceta, extiendo esta CERTIFICACIÓN, la que firmo y sello en la ciudad de Managua a los cuatro días del mes de agosto de dos mil cinco. Julio César Bendaña J, Secretario Ejecutivo, Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad
La Norma Técnica denominada NTON 03-46-04 Norma Técnica Nicaragüense para la internación de productos alimenticios en calidad de donación, en su elaboración y preparación participaron las siguientes personas;
Clara Ivania Soto
Juana Castellón
Bernabela Orozco M.
Eduardo Madriz Mora
Loyda Valle G.
Ricardo J. Pérez Aurora Salcedo
Moisés González A.
Marión Fierro
Sandra Torres
Ángela Arguello S.
Bernabé Balladares
Violeta Amador
Alejandro Mena
Karelia Mejía
Amilcar Sánchez R. | MINSA
MINSA
MAGFOR
SILAIS Managua-MINSA
Project Concern International SAVE THE CHILDREN USA
Misión Bautista Médico Dental Internacional
Acción Médica Cristiana
American Nicaraguan Fundation
Programa Mundial de Alimento
PMA-ADVEPA
MIFAMILIA
DGA
MIFIC
MIFIC
MIFIC |
Productos Procesados | Productos NO Procesados | Productos
Procesados | Productos NO Procesado |
Conocimiento de embarque
Lista de Empaque
Factura Comercial
y/o Carta de donación Certificado de Origen
Certificado de fortificación,
para productos normados en el país. | Conocimiento de embarque
Lista de Empaque
Factura Comercial
y/o Carta de donación Certificado de Origen
Certificado de fitosanitario para semillas y granos de origen transgénicas se requiere Análisis de Riesgo cuando se ingresa el producto por primera vez. | Conocimiento de embarque
Lista de Empaque
Factura Comercial
y/o Carta de donación Certificado de Origen
Certificado de Análisis. | Conocimiento de embarque
Lista de Empaque
Factura Comercial
y/o Carta de donación Certificado de Origen
Certificad de Análisis,
Certificado Fitosanitario. |
Documentos emitidos por autoridades nicaragüenses
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene la facultad, de acuerdo al artículo 200 del Reglamento a la Ley de Equidad Fiscal, de solicitar los avales a las dependencias que estos designen.
6. INGRESO DE ALIMENTOS DONADOS EN CASO DE DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL
En caso de Declaración de Desastre Natural el proceso para la Internación de Productos Alimenticios en Calidad de Donación, se realizará de acuerdo al Manual de Procedimientos Administrativos de los Suministros Humanitarios del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED).
7. FORTIFICACIÓN DE ALIMENTOS CON MICRO NUTRIENTES
Los alimentos que ingresen al país en carácter de donación, deberán cumplir con lo establecido en las Leyes, Reglamentos y Normas de Alimentos Fortificados, cuando apliquen.
El Procedimiento de Fortificación debe contar con la tecnología propia y adecuada de acuerdo con las leyes, reglamentos, decretos y normas técnicas vigentes en el país.
8. MUESTREO
Las agencias, organismos y misiones internacionales, organizaciones no gubernamentales y otras instituciones que ingresen productos alimenticios en calidad de donación a nuestro país, estarán sujetas a cumplir con el Plan de Monitoreo y Control por parte de las autoridades sanitarias competentes, el cual será llevado a cabo de acuerdo al documento de planes de muestreo para alimentos Preenvasados C AC/RA 42-1969 del Codex Alimentarius. FAO/OMS Parte II Volumen 13, para su respectivo análisis en los laboratorios nacionales de referencia establecidos por las autoridades sanitarias competentes. Los costos serán asumidos por el donante.
Para el cumplimiento del programa de muestreo las autoridades sanitarias competentes, realizarán las coordinaciones necesarias con los solicitantes para establecer la ejecución del muestreo de los alimentos donados que se almacenan en las bodegas para posteriormente ser distribuidos a la población beneficiada.
9. ALMACENAMIENTO
El almacenamiento de los productos alimenticios donados deberá de cumplir con lo establecido en la NTON 03 041-03 Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense de Almacenamiento de Alimentos.
Los establecimientos destinados para el almacenamiento de los productos alimenticios donados deberán de contar con Licencia Sanitaria emitida por el Ministerio de Salud, a través del Sistema Local de Atención integral de Salud (SILAIS).
10. ALIMENTOS DAÑADOS
Si en el proceso de ingreso al país se detectan daños en la calidad de los alimentos, se tomarán en cuenta las siguientes acciones:
a) Realizar los análisis adecuados de acuerdo a los daños identificados
b) Las acciones posteriores al análisis estarán determinadas por el dictamen de las autoridades sanitarias competentes.
11. MANEJO DE ALIMENTOS CON EMPAQUE DETERIORADO
Se realizará de acuerdo al dictamen de las autoridades sanitarias compete mes.
12. ETIQUETADO
El etiquetado de los productos alimenticios preenvasados que ingresen al país en calidad de donación se realizará de acuerdo a lo que establece la NTON 03 021-99 Norma de Etiquetado de Aumentos Preenvasados para Consumo Humano.
En el caso de productos procesados o no procesados con un peso individual igual o mayor a 20 kgs, que ingresen al país en calidad de donación serán etiquetados por estiba, conteniendo como mínimo la información requerida en la Ficha Técnica del Producto (Anexo 11).
De cada embarque de los diferentes productos recibidos, se dejarán en bodega una unidad de producto como muestra testigo, con el fin de realizar análisis en caso que la autoridad sanitaria competente lo considere conveniente. Esta muestra permanecerá en bodega hasta una semana después de distribuido el resto del lote estibado.
11. REFERENCIAS
- Reglamento de Unión de Aduanera para otorgamiento de Licencia Sanitaria, Registro y Donación de alimentos.
- Normas y Procedimientos Generales sobre Donaciones a La Secretaría de Salud de Honduras. Control de Calidad de Alimentos Donados INCAP, N° 21.
- Codex Alimentarius
12. OBSERVANCIA DE LA NORMA
La verificación y certificación de esta norma estará a cargo del Ministerio de Salud a través de la Dirección de Regulación de Alimentos y los SILAIS, el Ministerio Agropecuario y Forestal a través de la Dirección de Cuarentena Vegetal y Animal.
13. ENTRADA EN VIGENCIA
Las disposiciones de la presente Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense entrará en vigencia con carácter Obligatorio seis meses después de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
La revisión de la presente norma se realizará cada dos años a partir de su entrada en vigencia.
14. SANCIONES
El incumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente norma, será sancionado conforme a lo establecido en la legislación vigente de cada institución que en esta norma tiene competencia.
ULTIMA LÍNEA.
ANEXO I
FORMULARIO PARA EL INGRESO DE ALIMENTOS DONADOS
MINISTERIO DE SALUD
Yo,_______________________ con número de Cédula ______________________ , en representación de _______________________.
Con todo respeto solicito ante la autoridad competente, la autorización para introducir el (los) productos que detallo a continuación:
PRODUCTO ORIGEN CANTIDAD FECHA DE VENCIMIENTO
___________ ___________ ___________ _________________
___________ ___________ ___________ _________________
___________ ___________ ___________ _________________
Los cuales vienen en el contenedor ____________, procedentes de _______________,
y el donante de _______________
Para efecto de recibir notificación envío dirección, así como la ubicación de la bodega donde pueden realizar las visitas de verificación.
________________
Firma y sello
ANEXO II
Ficha Técnica del Producto
Nombre del Producto | |
Proyecto | |
Bodega | |
Peso unitario | |
País de Origen | |
Fecha de ingreso al País | |
Fecha de Ingreso a Bodega | |
Fecha de Producción | |
Fecha de Vencimiento | |
Número del Lote | |