Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Administrativa
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO DE REFORMA Y ADICIÓN AL REGLAMENTO DE LA LEY Nº. 290, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO, DECRETO 71-98 Y SUS REFORMAS

DECRETO EJECUTIVO N°. 21-2008, aprobado el 14 de abril de 2008

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 83 del 05 de mayo de 2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

DE REFORMA Y ADICIÓN AL REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO, DECRETO 71-98 Y SUS REFORMAS

Artículo 1. Se reforma el artículo 58 del Reglamento de la Ley N°. 290, Decreto 71-98 y sus Reformas, en el sentido de que se adiciona el numeral 1.2 que se leerá así:

"Art. 58...1.2. Secretaría para Asuntos Indígenas".

Artículo 2. Se reforma la Sección 1 del Capítulo II, en el sentido de que se agrega a su título "Secretaría para Asuntos Indígenas", y se adiciona un artículo 59 bis, todo lo cual se leerá así:

"Sección 1. Secretaría de Relaciones Económicas y Cooperación y Secretaría para Asuntos Indígenas".

"Art. 59 bis. Secretaría para Asuntos Indígenas: Corresponde a un Secretario con rango de Vice Ministro. Esta Secretaría coordinará todos los asuntos indígenas contemplados por las Organizaciones, Tratados y Acuerdos Internacionales para el beneficio de los Pueblos Indígenas".

Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los catorce días del mes de abril del año dos mil ocho. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores.
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