Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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Sin Vigencia

(DECRETO EJECUTIVO QUE DEROGA EL INCISO 13 DEL ARTÍCULO 2° DE LA LEY DE TARIFAS DE TELÉGRAFO Y TELÉFONOS NACIONALES)

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 25 de marzo de 1916

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 76 del 31 de marzo de 1916

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades,
DECRETA:

Arto.1°.-Derógase el inciso 13 del artículo 2°. de la ley de tarifas de telégrafo y Teléfonos nacionales.
Arto 2°.- Este decreto empezará a regir desde el 1°. de abril próximo.
Dado en la casa Presidencial, en Managua, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos diez y seis.- ADOLFO DIAZ. El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Fomento.- E. CUADRA.
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