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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 1905, FIRMADO EL 3 DE ABRIL DE 2008, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 5396, aprobado el 27 de mayo del 2008
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 107 del 06 de junio del 2008
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el Contrato de Préstamo No. 1733, "Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy" por un monto de Trece Millones Seiscientos Mil Dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$13,600,000.00), suscrito el 23 de junio de 2006 entre el Gobierno de la República de Nicaragua representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), aprobado por la Asamblea Nacional mediante Decreto A.N. No. 4873, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 240 del 12 de diciembre de 2006, no fue ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), debido a que el BCIE no logró obtener la fuente de recursos para la ejecución del proyecto, de conformidad con las condiciones financieras que fueron suscritas y aprobadas por la Asamblea Nacional.
II
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 121–2008 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 64 del 7 de abril de 2008, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 3 de abril de 2008 el Contrato de Préstamo No. 1905 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), en sustitución del Contrato de Préstamo No. 1733.
III
Que mediante el Contrato de Préstamo No. 1905 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorga a la República de Nicaragua un préstamo por Veintiún Millones Setecientos Diez Mil Quinientos Cincuenta y Siete Dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$21,710,557.00) a un plazo de 23 años, incluyendo 4 años de gracia, con una tasa de interés ordinaria del dos punto cinco por ciento (2.5%) anual fija durante la vigencia del préstamo y una Comisión de Supervisión y Auditoría de proyectos del cero punto veinticinco por ciento (0.25%) sobre el monto del préstamo, para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy", denominado Mejoramiento de la Carretera San Ramón-Muy Muy, que ejecutará el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
IV
Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), son concesionales y están en armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2008, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 14 de diciembre de 2007.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1905, FIRMADO EL 3 DE ABRIL DE 2008, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)
Artículo 1 Derogar el Decreto A.N. No. 4873, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 240 del 12 de diciembre de 2006, mediante el cual la Asamblea Nacional aprobó el Contrato de Préstamo No. 1733 por un monto de Trece Millones Seiscientos Mil Dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$13,600,000.00), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy".
Art. 2 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 1905, firmado el 3 de abril de 2008 por la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de Veintiún Millones Setecientos Diez Mil Quinientos Cincuenta y Siete Dólares, moneda de los Estados Unidos de América (US$21,710,557.00), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Pavimentación de la Carretera San Ramón-Muy Muy", denominado Mejoramiento de la Carretera San Ramón-Muy Muy, que ejecutará el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil ocho. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.