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Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Aduanas
(PUBLICACIÓN EN LA GACETA DIARIO OFICIAL LAS RESOLUCIONES DE LA COMIECO)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 042-2004. aprobado el 23 de julio del 2004

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 173 del 03 de septiembre del 2004

EL MINISTRO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO

CONSIDERANDO

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Que el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), establece en sus artículos 36, 37 y 55 que el Subsistema de Integración Económica será impulsado y perfeccionado por los actos de los órganos creados por el Protocolo de Tegucigalpa y el presente Instrumento, los que se expresarán en Resoluciones, Reglamentos, Acuerdos y Recomendaciones y detalla los órganos e instituciones que comprende el Subsistema de Integración Económica.

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Que conforme al numeral 7 del artículo 55 del Protocolo de Guatemala establece que las Resoluciones, Reglamentos y Acuerdos deberán publicarse por los Estados Parte.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere la Ley 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en la Gaceta, Diario Oficial, No. 102 del 3 de junio de 1998, su Reglamento y Reformas y de conformidad con las disposiciones pertinentes del Protocolo de Guatemala y el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA).

ACUERDA

PRIMERO: Publicar en La Gaceta, Diario Oficial, las Resoluciones No. 115-2004 (COMIECO), No. 116-2004 (COMIECO), No. 117-2004 (COMIECO), No. 118-2004 (COMIECO), No. 119-2004 (COMIECO), No. 120-2004 (COMIECO), y No. 03-2004 (CEIE). Las Resoluciones con sus anexos también se darán a conocer, a través de la página Web del MIFIC ( www.mific.gob.ni) y se enviará a la Dirección General de Servicios Aduaneros y demás instancias que participen en su aplicación.

SEGUNDO: Comunicar el presente Acuerdo a los Gobiernos Centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA).

TERCERO: El Presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil cuatro. MARIO ARANA, Ministro.

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