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Sin Vigencia
OTRO ÍDEM REFERENTE A DEFRAUDACIONES FISCALES
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 22 de abril de 1897
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 216 del 25 de abril de 1897
El Presidente del Estado,
Decreta:
1.- El inciso 13 del artículo 3º del Reglamento de defraudaciones fiscales expedido el 8 de Enero de 1895, se leerá así:
“Los vendedores al por menor que alteren la calidad o la riqueza alcohólica de los licores comprados en los depósitos.”
2.- El presente decreto regirá desde su publicación.
Comuníquese. - Managua, 22 de Abril de 1897. - J. SANTOS ZELAYA. - El Ministro de Hacienda.- LUCIANO GÓMEZ.