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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

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DECRETO QUE REFORMA EN PARTE LA LEY ELECTORAL

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 12 de febrero de 1908

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 31 del 12 de marzo de 1908

La Asamblea Nacional Legislativa,

Decreta:

Art. 1º- Los Diputados serán electos el primer domingo de octubre del año en que termine su periodo y el escrutinio final de las elecciones de ellos, tendrá lugar el tercer domingo del mismo mes.

Art. 2º- Esta ley reforma los artículos 22 y 29 de la Ley Electoral, en cuanto se le oponga.

Dado en el Salón de Sesiones - Managua, 12 de febrero de 1908 – Juan B. Sáenz, D. P. - H. Aguirre Muñoz, D. S. Julio Selva, D. S.

Publíquese – Palacio del Ejecutivo. Managua, 1º- de febrero de 1808 - J. S. Zelaya – El Ministro de la Gobernación – José D. Gámez.
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