Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Familia Niñez Juventud Adulto Mayor y Equidad de Género, Justicia Penal
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL CON EL OBJETO DE ASEGURAR UNA PROTECCIÓN EFICAZ CONTRA EL TRÁFICO CRIMINAL CONOCIDO BAJO EL NOMBRE DE TRATA DE BLANCAS

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 15 de julio de 1935

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 158 del 19 de julio de 1935

JUAN BAUTISTA SACASA,

Presidente de la República de Nicaragua,

POR CUANTO el día 18 de Mayo de 1904 los Gobiernos de la Gran Bretaña, Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Italia, Países Bajos, Portugal, Rusia, Suecia, Noruega y Suiza suscribieron en Paris un Arreglo Internacional, con el objeto de asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal conocido con el nombre de Trata de Blancas, en cuyo artículo 7º se dispone que los Estados no signatarios pueden adherir notificando su adhesión al Gobierno francés por la vía diplomática;

POR CUANTO el Presidente de la República dictó el acuerdo del 3º de Noviembre de 1934, a virtud del cual adhirió a dicho Arreglo y mandó someterlo al conocimiento del Congreso Nacional para los fines constitucionales;

POR CUANTO el Senado y Cámara de Diputados de la República aprobaron la mencionada adhesión en el Decreto del 26 de Febrero del presente año, sancionado por el Poder Ejecutivo el primero de Marzo siguiente;

POR TANTO:

Ratifico y confirmo la adhesión de la República de Nicaragua a todos y cada uno de los artículos de que consta el Arreglo de referencia, y expido el presente instrumento para los fines de su depósito en el Ministerio de Negocios Extranjeros de la República Francesa, conjuntamente con los números 149 y 150 de «La Gaceta» oficial correspondiente a los días nueve y diez de julio de este año, en que aparece publicado el texto de dicho Arreglo.

Dado y firmado de mi mano y sellado con el Gran Sello de la Nación y refrendado por el Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Managua, D.N., en el Palacio del Ejecutivo, a los quince días del mes de Julio de mil novecientos treinta y cinco. (L.S) (f) JUAN B. SACASA. El Ministro de Relaciones Exteriores, (L.S.) (f) LEONARDO ARGUELLO.
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