Enlace a Legislación Relacionada
(CONFERIR PLENOS PODERES PARA SUSCRIBIR CONVENCIÓN SOBRE ARMAS QUÍMICAS)
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 42-93, aprobado el 22 de febrero de 1993
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 38 del 23 de febrero de 1993
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades,
Acuerda:
Artículo 1.- Conferir Plenos Poderes al Doctor Roberto Mayorga Cortés, Embajador Representante Permanente de Nicaragua ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, N.Y., Estados Unidos de América, para que en dicha calidad suscriba en nombre del Gobierno de Nicaragua, la Convención Sobre La Prohibición, El Desarrollo, La Producción, El Almacenamiento y La Utilización de Armas Químicas.-
Artículo 2.- La transcripción del presente Acuerdo autoriza suficientemente al Señor Embajador Roberto Mayorga Cortés, para proceder de conformidad. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.-
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinte y dos días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y tres.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.