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Sin Vigencia
DE REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO A LA LEY N°. 290, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
DECRETO EJECUTIVO N°. 36-2010, aprobado el 07 de julio de 2010
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 133 del 14 de julio de 2010
El Presidente de la República
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
De Reforma al Decreto N°. 71-98, Reglamento a la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
Artículo 1. Se reforma el artículo 4 del Decreto N°. 71-98, en materia de estructura de la Presidencia de la República, en el sentido de adicionar en la parte infine del numeral 3.5, un párrafo que se leerá así:
"Art. 4... 3.5. "Secretaría Administrativa de la Presidencia de la República.
La Secretaría Administrativa de la Presidencia de la República, será la encargada de dirigir, coordinar y supervisar todos los asuntos administrativos y financieros de la Presidencia de la República".
Artículo 2. En consecuencia, las facultades otorgadas en este Decreto a la Secretaría Administrativa de la Presidencia de la República, se suprimen de las facultades otorgadas a la Secretaría de la Presidencia (SEPRES), mediante el Decreto N°. 111-2007 de Reformas al Reglamento de la Ley N°. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicado en La Gaceta N°. 233 del 4 de Diciembre del año dos mil siete.
Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día siete de Julio del año dos mil diez. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado Para Políticas Nacionales.