Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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Sin Vigencia

DECRETO POR EL QUE SE RETIRA DE LA CIRCULACIÓN LAS SERIES I, II, III, IV, Y VI DE BILLETES DEL TESORO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 5 de octubre de 1881

Código de la Legislación de la República de Nicaragua De la Rocha, Jesús

El Presidente de la República, á sus habitantes:

Considerando:

que algunas de las séries de los Billetes del Tesoro, emitidos por decreto de 15 de setiembre de 1880, se prestan fácilmente á ser adulterados: deseando evitar el perjuicio que por ello puede venir á la Hacienda pública y á los particulares; para mientras se ponen en circulación los nuevos Billetes mandados grabar al extranjero, -

Decreta:

Art. 1°. - Retíranse de la circulación los Billetes del Tesoro, de uno, cuatro, cinco, diez, treinta pesos, correspondientes, respectivamente, á las series I, II, II, IV y VI. Al efecto: las oficinas de Hacienda remitirán á Tesorería General, en calidad de traslación, los Billetes de los valores y series anotados, que tuviesen en sus cajas y los que en lo sucesivo recibieren.

Art. 2°. - La Tesorería General se adaptará el valor de estos Billetes en el corte de cada mes, con las mismas formalidades que previene el artículo 10 del decreto de 15 de setiembre del año ppdo.

Dado en Managua, á 5 de octubre de 1881- Joaquín Zavala- El Ministro de Hacienda- Joaquín Elizondo.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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