(ADHESIÓN CONVENCIÓN SOBRE EL RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS ARBITRALES EXTRANJERAS)
DECRETO N°. 26-2002, aprobado el 7 de marzo de 2002
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 56 del 21 de marzo de 2002
El Presidente de la República de Nicaragua
CONSIDERANDO I
I
Que el 10 de Junio de 1958 fue adoptado en Nueva York, Estados Unidos de América la Convención Sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1 Adherirse a la Convención Sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, adoptado en Nueva York, Estados Unidos de América, el 10 de Junio de 1958.
Arto. 2 Expedir el correspondiente Instrumento de Adhesión para su depósito en el organismo correspondiente.
Arto. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el siete de Marzo del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.