Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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Sin Vigencia

REFÓRMASE ARTO. 53 DE LA LEY REGULADORA DE CAMBIOS INTERNACIONAL

DECRETO EJECUTIVO N°. 4-L, aprobado el 13 de abril de 1962

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 123 del 4 de junio de 1962

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo No. 673 de 10 de Abril de corriente año,

DECRETA:

Artículo 1.- Se reforma el Artículo 53 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales del 9 de Junio de 1961 el que se leerá así:

Artículo 2.- Este Decreto comenzará a regir desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los trece días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y dos.- LUIS A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.- J. J. LUGO MARENCO.- MINISTRO DE ECONOMÍA.
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